PIF

Los trabajadores pueden solicitar a través del Anexo 1, tiempo a su empresa para formarse y la empresa recibe una compensación económica.

La empresa puede beneficiarse de un PERMISO INDIVIDUAL DE FORMACIÓN (PIF), y bonificarse en los seguros sociales hasta 200 horas/año del coste salarial por las horas que los empleados acuden a una formación presencial con titulación oficial (títulos de formación profesional, certificados de profesionalidad, o mediante un Título Universitario Propio) en su horario laboral.

Es una ayuda independiente al crédito de formación que se utiliza para las acciones formativas.

Ejemplo de estimación de la bonificación por PIF

Máximo de horas bonificables en año natural

Ejemplo de salario bruto anual

Total horas trabajadas al año

Coste hora salarial (incluidos Seguridad social)

Posible bonificación para tu empresa por el PIF

200

60.000 €

1.738

40,99

8.198 €

Entre otros requisitos se debe Informar a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) con anterioridad al inicio de la formación (si procede).

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